{"id":2436,"date":"2025-02-11T21:08:29","date_gmt":"2025-02-11T21:08:29","guid":{"rendered":"https:\/\/pcdd-global.org\/?p=2436"},"modified":"2025-04-15T09:49:50","modified_gmt":"2025-04-15T09:49:50","slug":"cuando-la-transparencia-desaparece-el-peligro-de-una-administracion-que-oculta-informacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pcdd-global.org\/es\/instituciones-transparencia\/cuando-la-transparencia-desaparece-el-peligro-de-una-administracion-que-oculta-informacion\/","title":{"rendered":"Cuando la transparencia desaparece: el peligro de una administraci\u00f3n que oculta informaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Por <a href=\"https:\/\/pcdd-global.org\/equipo-editorial\/antonio-tejeda-encinas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Antonio Tejeda Encinas<\/a><strong data-start=\"460\" data-end=\"534\"><br \/>\n<\/strong>Abogado. Analista tecnopol\u00edtico. Presidente de Tribuna Atl\u00e1ntica y del Comit\u00e9 Euroamericano de Derecho Digital- CEA Digital Law<\/p>\n<p>En una democracia, la transparencia en la gesti\u00f3n p\u00fablica no es un lujo ni una opci\u00f3n: es una obligaci\u00f3n legal. El acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica permite a los ciudadanos controlar la gesti\u00f3n de sus administraciones y evitar decisiones arbitrarias que puedan favorecer intereses particulares en perjuicio del bien com\u00fan.<\/p>\n<h2>El caso del Ayuntamiento de Icod de los Vinos<\/h2>\n<p>El caso del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, denunciado por la Asociaci\u00f3n de Vendedores Ambulantes de Tenerife (AVAMTE), pone sobre la mesa un problema grave: \u00bfqu\u00e9 ocurre cuando una administraci\u00f3n se niega a proporcionar informaci\u00f3n p\u00fablica? Y, a\u00fan m\u00e1s preocupante, \u00bfqu\u00e9 implica la falta de transparencia en la gesti\u00f3n de un bien com\u00fan como el espacio p\u00fablico?<\/p>\n<h2>El derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica: un mandato legal, no una cortes\u00eda<\/h2>\n<p>La Ley 19\/2013, de Transparencia, Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica y Buen Gobierno, y la Ley 12\/2014 de Transparencia de Canarias establecen que cualquier administraci\u00f3n est\u00e1 obligada a responder en un plazo m\u00e1ximo de 30 d\u00edas h\u00e1biles a las solicitudes de informaci\u00f3n p\u00fablica. En casos excepcionales, este plazo podr\u00eda ampliarse solo por razones justificadas.<\/p>\n<p>En este caso, han pasado m\u00e1s de 60 d\u00edas sin respuesta, lo que supone un incumplimiento directo de la ley. Seg\u00fan el art\u00edculo 46.2 de la Ley 12\/2014, cuando la administraci\u00f3n no responde en el plazo legal, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo negativo.<\/p>\n<p>Esto no es un simple retraso burocr\u00e1tico: es una denegaci\u00f3n encubierta del derecho ciudadano a la informaci\u00f3n p\u00fablica, un derecho legal en cualquier sociedad democr\u00e1tica.<\/p>\n<h2>Los espacios p\u00fablicos no son un privilegio: son de todos<\/h2>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la falta de respuesta, este caso abre un debate a\u00fan m\u00e1s profundo: \u00bfc\u00f3mo se est\u00e1n gestionando los espacios p\u00fablicos en Icod de los Vinos?<\/p>\n<p>Seg\u00fan la Ley 33\/2003, de Patrimonio de las Administraciones P\u00fablicas, la gesti\u00f3n del dominio p\u00fablico debe regirse por criterios de publicidad, transparencia, concurrencia e igualdad de acceso. Sin embargo, en la Plaza Andr\u00e9s de Lorenzo C\u00e1ceres, se denuncia la presencia de una asociaci\u00f3n que ha presuntamente ha ocupado el espacio sin concurso p\u00fablico ni posibilidad de que otros interesados participen.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed surgen preguntas inevitables:<\/p>\n<p>\ud83d\udd39 \u00bfSe ha seguido el procedimiento legal para la concesi\u00f3n del espacio?<br \/>\n\ud83d\udd39 \u00bfSe ha permitido a otros colectivos presentar su candidatura en igualdad de condiciones?<br \/>\n\ud83d\udd39 \u00bfQu\u00e9 criterios ha utilizado el Ayuntamiento para ceder el espacio a esta asociaci\u00f3n?<\/p>\n<p>El espacio p\u00fablico no puede convertirse en un feudo privado administrado de forma discrecional. Las administraciones tienen la obligaci\u00f3n de garantizar que cualquier cesi\u00f3n de suelo p\u00fablico se realice bajo procesos abiertos y transparentes.<\/p>\n<h2>Consecuencias jur\u00eddicas del silencio administrativo<\/h2>\n<p>El silencio del Ayuntamiento no solo genera dudas sobre su gesti\u00f3n, sino que tiene implicaciones legales.<\/p>\n<p>1\ufe0f\u20e3 Reclamaci\u00f3n ante el Comisionado de Transparencia<br \/>\nCualquier ciudadano o colectivo afectado puede presentar una reclamaci\u00f3n ante el Comisionado de Transparencia de Canarias, quien tiene la capacidad de exigir al Ayuntamiento que responda formalmente y entregue la informaci\u00f3n solicitada.<br \/>\n2\ufe0f\u20e3 Posibles sanciones por incumplimiento<br \/>\nEl T\u00edtulo V de la Ley 12\/2014 establece un r\u00e9gimen sancionador para los organismos p\u00fablicos que incumplan sus obligaciones de transparencia. Esto puede incluir multas econ\u00f3micas, amonestaciones e incluso la responsabilidad disciplinaria de los funcionarios o responsables pol\u00edticos que obstaculicen el derecho de acceso a la informaci\u00f3n.<br \/>\n3\ufe0f\u20e3 Investigaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda<br \/>\nCuando una administraci\u00f3n omite sus obligaciones legales de transparencia y adjudicaci\u00f3n de espacio p\u00fablico, la Fiscal\u00eda puede investigar si se han vulnerado principios de concurrencia, igualdad y publicidad en la gesti\u00f3n del dominio p\u00fablico. En algunos casos, una concesi\u00f3n irregular puede derivar en responsabilidades administrativas e incluso penales.<\/p>\n<h2>La transparencia no es un eslogan: es un derecho ciudadano<\/h2>\n<p>El Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Icod de los Vinos proclama que facilita el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica. Sin embargo, en la pr\u00e1ctica, cuando se solicita informaci\u00f3n real y relevante, el Ayuntamiento simplemente guarda silencio.<\/p>\n<p>Si no hay irregularidades en la gesti\u00f3n del mercado ambulante y la cesi\u00f3n de espacios p\u00fablicos, el Ayuntamiento deber\u00eda tener inter\u00e9s en demostrarlo y responder con transparencia. Si no lo hace, la pregunta es inevitable: \u00bfqu\u00e9 se est\u00e1 intentando ocultar?<\/p>\n<p>La transparencia no es solo una cuesti\u00f3n de legalidad, es una garant\u00eda de confianza en las instituciones. Los espacios p\u00fablicos no pertenecen a los ayuntamientos ni a quienes los gobiernan temporalmente, sino a toda la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>Cuando un Ayuntamiento bloquea informaci\u00f3n p\u00fablica o adjudica espacios sin transparencia, erosiona la confianza democr\u00e1tica y deja la puerta abierta a la arbitrariedad. No se trata solo de este caso puntual, sino de la necesidad de que las administraciones comprendan que su funci\u00f3n es servir a la ciudadan\u00eda, no actuar como si los bienes p\u00fablicos fueran patrimonio privado de unos pocos.<\/p>\n<p>Los ciudadanos tienen derecho a preguntar, fiscalizar y exigir explicaciones, y las administraciones tienen la obligaci\u00f3n legal de responder. Cuando esto no ocurre, la democracia se debilita. Y eso es algo que no podemos permitir.<\/p>\n<p>https:\/\/www.facebook.com\/share\/p\/14JPL2jAJh\/<\/p>\n<p>Imagen: Ayuntamiento de Icod de los Vinos. Fuente: icoddelosvinos.es<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Abogado. Analista tecnopol\u00edtico. 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